La pérdida del anonimato de los asesores que hacemos planificación fiscal y el blindaje de los denunciantes

Territorio Fiscal
Territorio fiscal

A una velocidad sorprendente para la que suele ser estándar en Bruselas, la UE ha aprobado recientísimamente una Directiva que obliga a todo tipo de intermediarios fiscales (bancos, consultores, asesores fiscales, economistas, abogados, auditores...) a comunicar a las autoridades cualquier tipo de planificación impositiva que implique a países terceros con bajos impuestos o que establezca una relación directa entre los honorarios abonados por el cliente y el ahorro de impuestos que se le ofrece.
El proyecto legislativo fue presentado hace solo nueve meses por el Comisario europeo de Fiscalidad, Pierre Moscovici, impulsado por los escándalos revelados por las filtraciones Panama Leaks (solo este capítulo generó unas pérdidas de recaudación fiscal cifradas en 173.000 millones de euros anuales, o sea, un importe susceptible de generar millón y medio de puestos de trabajo) y Football Leaks, que revelaron estructuras societarias utilizadas por miles de personas y empresas europeas para eludir impuestos a través de paraísos fiscales.
Bruselas teme que la hemorragia de la elusión fiscal vaya a más, dada la facilidad tecnológica para transferir dinero y la creciente riqueza de las grandes fortunas. El número de entidades offshore se ha disparado desde el año 2000, según la CE. Y la riqueza privada de las grandes fortunas crecerá a un ritmo anual del 6%, pudiendo alcanzar los 224 billones de euros en 2020, según cifras citadas en el estudio de impacto de la CE previo a la Directiva aprobada.
La Directiva obligará a los intermediarios (bancos, consultores, asesores fiscales, economistas, abogados, auditores...) a comunicar a las autoridades fiscales de su país en el plazo de 15 días los diseños de planificación fiscal que alberguen alguno de los siguientes supuestos:


  • El pago transfronterizo a un destinatario domiciliado en un país de baja o nula imposición;

  • Operar con algún país con un débil o nulo control del lavado de dinero;

  • El aprovechamiento de una misma deducción en varios países; o

  • La correlación directa entre la tarifa de asesoría y el ahorro impositivo que se promete al cliente.


Los Estados de la UE compartirán entre sí, cada tres meses, todas las notificaciones que reciban, lo que reforzará el control para rastrear las que respondan a fines puramente de elusión fiscal. Cada país deberá fijar sus propias sanciones, suficientemente disuasorias, para los intermediarios que no faciliten la información necesaria.
No cabe duda de que la Unión Europea sigue bebiendo de fuentes norteamericanas. Hace ya casi una década que las autoridades de EEUU se propusieron perseguir el fraude fiscal de las multinacionales “piercing de black box”, o sea, identificando a los diseñadores (la “caja negra”) de las estructuras de planificación fiscal, tanto agresiva como con finalidad elusiva. Veremos el resultado de esta iniciativa comunitaria.
En otro orden de cosas, la Comisión Europea ha aprobado el día 23 de abril un proyecto de Directiva que pretende blindar laboralmente a los empleados que revelen información interna sobre prácticas fraudulentas de sus compañías.
El nuevo proyecto de Directiva fija unos estándares mínimos de protección para los chivatos (whistleblowers), tanto en el sector público como en el privado, siempre que la información ataña a una violación de la legislación comunitaria en áreas como el fraude fiscal, el lavado de dinero, la protección medioambiental o la defensa de la competencia.
La nueva norma, que deberá ser aprobada por los Gobiernos de los Estados miembros y por el Parlamento Europeo para entrar en vigor, prohíbe cualquier tipo de represalia o castigo al informante. Y en caso de que se produzcan, el trabajador deberá disponer de asesoría gratuita y de medidas de protección que impidan su acoso o su despido.

Autor

Miguel Caamaño

Miguel Caamaño

Catedrático de Derecho Financiero y Tributario

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